El cierre fiscal es una de las obligaciones administrativas de quienes ejercen una actividad económica. Desde nuestra plataforma de facturación online, acompañamos a satisfacer estas necesidades de los usuarios. Por este motivo, conviene que conozcas el modo de cumplir con la Agencia Tributaria de la forma más segura y cómoda posible.
Si eres un trabajador autónomo o administrador de una pequeña empresa quizás tengas externalizados estos trámites en una agencia o asesoría. Aún en este caso, resulta muy aconsejable tener ideas claras sobre las líneas principales de cómo organizar estas tareas. La autoridad tributaria puede forzarnos puntualmente a contar con ayuda técnica e imparcial cuando surge una incidencia.
El cierre fiscal por fases
Las tareas administrativas frente a la Agencia Tributaria que vas a tener que realizar las puedes dividir en cinco categorías. Algunas son más importantes para trabajadores autónomos y otras para los que administran una sociedad mercantil. En cualquier caso la programación para cumplir con ellas deberá figurar en la agenda gerencial como actividades urgentes y prioritarias.
1. Conocer el calendario y las novedades reglamentarias fiscales. Las obligaciones fiscales de empresarios y autónomos están sometidas a una rígida legislación. También a una ejecución marcada por fechas claves. Los cambios en el calendario y las normas fiscales aplicables a tu negocio son elementos esenciales que debes considerar en tu desempeño como administrador o gerente.
Actualmente, la ley de reformas urgentes del trabajo autónomo es un capítulo importante de las actividades acogidas a esta modalidad laboral. Lo mismo pasa con las novedades en las declaraciones informativas que deben presentarse a Hacienda regularmente. Y aquí se pueden añadir los últimos ajustes en el suministro de información inmediata del IVA.
2. Coordinación congruente entre el cierre contable y el cierre fiscal. Las empresas están obligadas a llevar una contabilidad con normas legales establecidas. La contabilidad también es una forma de presentación oficial de las cuentas básicas de la empresa. El seguimiento paralelo de ambas obligaciones te ahorra tiempo y disminuye las probabilidades de que cometas errores.
3. Impuesto de Sociedades. El impuesto de sociedades es un impuesto directo que grava la capacidad económica de sociedades mercantiles y entidades jurídicas. Junto con el IRPF, supone una buena parte de los ingresos de la Hacienda Pública.
Como con el IRPF, también se da una correspondencia única y personal entre la cantidad a pagar y la situación contable particular. Las deducciones, exenciones y aplazamientos son palabras mágicas que debes considerar con la máxima atención.
4. Entrega de modelos anuales. Declaraciones que con regularidad trimestral o anual presentas ante Hacienda. El más importante suele ser el IVA que se ajusta al modelo 390 de declaración ante las autoridades tributarias. Las liquidaciones trimestrales de IRPF o retenciones sobre arrendamientos son otros ejemplos del mismo tipo. Por el modelo y dimensiones de la empresa, te corresponderá conceder a cada modelo la importancia que tenga en tu negocio.
5. La amortización de activos. Es un concepto típicamente contable pero su singularidad en el terreno fiscal viene por las deducciones que se aplican. Atienden a la pérdida de valor de activos de la empresa que deben ser compensados con los rendimientos obtenidos con los ingresos anuales.
El grado de detalle aplicado por la legislación es muy elevado. Por eso las modificaciones en las normas también son más frecuentes.
En definitiva, el cierre fiscal conforma una parte importante de las actividades administrativas como autónomo o empresario. Es un gasto que, sin repercutir en la capacidad técnica o sectorial de tu negocio, lo debes atender por imposición legal. La tecnología puede agilizar y hacer más cómodos estos trámites. En beneficio de todos está que lo hagamos posible.