El 1 de julio del año 2017, entró en vigor la versión 1.1 del Suministro Inmediato de Información (SII) de la Agencia Tributaria. Doce meses después, el organismo ha lanzado el nuevo sistema para ser utilizado por los contribuyentes y que estos vayan ajustando sus procesos de negocio a los nuevos cambios que se han introducido en la normativa.
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Principales puntos del reglamento
El principal objetivo del SII es el suministro, en tiempo real, de la información que se recoge en los registros del IVA de facturas de las empresas. En su nueva versión, hay interesantes cambios que han de tenerse muy en cuenta:
1 – Nueva clave para el pago y cobro de las operaciones. Con el objetivo de identificar rápidamente aquellos procedimientos que se realicen a través de domiciliaciones bancarias y que se vean afectadas por el régimen del criterio de caja del IVA.
2 – Nueva marca que identifique de forma sencilla las facturas de terceros según lo que se prevé en el Real Decreto 1619/2012, en sus disposiciones adicionales tercera y sexta.
3 – Nuevas denominaciones de ciertas etiquetas con el objetivo de dotar de mayor transparencia algunas denominaciones como importes de transmisiones de inmuebles con IVA, facturación de terceros o periodo de liquidaciones, por ejemplo.
4 – Aparece la denominada “referencia externa”. Se trata de un campo adicional en el que añadir comentarios internos del negocio que tienen relación con el registro de la factura y que puede ayudar a entenderla mejor.
5 – Nueva etiqueta, Macrodato. Se utilizará en los libros de facturas emitidas y recibidas para aquellas que superen la cifra de 100 millones de euros.
6 – Se crea un nuevo campo identificativo en el NIF para la facturación de aquellas entidades que están en proceso de reestructuración empresarial. De manera que los registros que haga la entidad sucedida a nombre de la sucesora se recojan en este campo, teniendo en cuenta que afecta tanto a las facturas recibidas como a las emitidas.
7 – Cambios en el RECC. Las facturas emitidas pendientes de cobro tendrán un apartado donde ha de detallarse el cobro que ha realizado la entidad absorbente. Lo mismo ocurre con las facturas recibidas pendientes de pago, que tendrán su apartado correspondiente para la explicación pertinente.
Dentro de estas modificaciones también ha de tenerse en cuenta que hay que registrar dos nuevas facturas, una donde se informe de la base imponible exenta que se devenga de la exportación y otra con los importes negativos que se corresponda con la minoración del IVA.
8 – Simplificación a la hora de informar a los viajeros de la devolución del IVA utilizando dos tipos de comunicaciones. En estos registros se incluirá el número de factura del DER y se desglosarán varios conceptos, entre ellos, los importes en negativo que son objeto de devolución. La ventaja de este sistema es que no habrá que cambiar el registro de la factura anterior porque el periodo consignado en este registro corresponderá al que se vaya a tener en cuenta la minoración del IVA que se repercute.
9 – Cambio de la clave “Primer Semestre 2017” a la que se le añade “y otras facturas anteriores a la inclusión”, mucho más completa, por la que se obliga a presentar toda la facturación del ejercicio a aquellos sujetos pasivos que ya estén obligados a llevar los registros del IVA a través del SII.
10 – El modelo 303, para el pago del IVA a Hacienda a través de las facturas emitidas, tendrá una liquidación trimestral o mensual a partir de ahora, de manera que coincida con el periodo de liquidación de la empresa.
El organismo quiere acercarse al contribuyente y mejorar el control del IVA por parte de las empresas a través de la compartición inmediata de información. Clic para tuitear
Qué empresas están obligadas a presentar el SII
No todas las organizaciones están obligadas a pasar por este trámite, solo aquellas que cumplan ciertos requisitos como facturar más de seis millones de euros al año, las que están inscritas en el REDEME (Régimen de Devolución Mensual de IVA), las pymes y autónomos inscritos en grupos especiales de IVA o los que quieran acogerse a esta ley de forma voluntaria.
En cualquier caso, todas ellas deben saber que han de enviar los detalles de todas sus facturas, tanto las recibidas como las emitidas, en formato electrónico a la web de la Agencia Tributaria (AEAT).
Conclusiones
El proyecto SII es un cambio del sistema de gestión actual del IVA promovido por la Agencia Tributaria, diferente a la facturación online, por el que se modifica el sistema de gestión de los registros de este impuesto a través de la sede electrónica. Con el paso del tiempo se hizo necesaria una actualización de dicho reglamento para dotar de transparencia y facilitar todo tipo de factura, tanto las emitidas como las recibidas.
Con este sistema, el organismo quiere acercarse al contribuyente y mejorar el control del IVA por parte de las empresas a través de la compartición inmediata de información.