Las empresas están obligadas a llevar una correcta contabilidad. De hecho, gran parte de la labor contable de una organización está ligada a la fiscalidad de la misma, puesto que existen una serie de sanciones que la Agencia Tributaria puede imponer si considera que se ha cometido una infracción tributaria.
De hecho, en muchas ocasiones no se tiene en consideración el uso de una cuenta u otra en lo referente a la cuarta parte del Plan Contable, que incluye el cuadro de cuentas, y la quinta que se refiere a las relaciones y definiciones contables porque no es obligatoria. No obstante, la legislación tributaria sí que considera una infracción grave el uso de cuentas que tengan un significado diferente al que realmente les corresponde por su naturaleza, puesto que podría dificultar su comprobación.
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Infracciones consideradas graves por parte de la Agencia Tributaria
En el artículo 200 de la Ley General Tributaria se especifican las consideradas como sanciones graves. Una de ellas se refiere, precisamente, a la omisión de operaciones en contabilidad o la inexactitud de las mismas. Lo que incluye los apuntes de los libros y de los registros que exige la actual normativa tributaria.
También se considera una infracción grave el uso de cuentas que tengan un significado diferente al que realmente les corresponde por su naturaleza y que, como se ha comentado, puedan dificultar las comprobaciones a las que se está sujeto.
Las empresas están obligadas a llevar y a conservar la contabilidad, los registros y los libros según las normas de la legislación vigente, los archivos informáticos, los sistemas de codificación y los programas. El hecho de no hacerlo también se penaliza como una infracción de carácter grave.
En el mismo nivel de gravedad se sitúan las contabilidades que se realizan de manera diferente y que se refieren a la misma actividad, al igual que aquel retraso que supere los cuatro meses a la hora de llevar la contabilidad, los registros o los libros.
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También se penaliza la autorización de registros o de libros si no han sido habilitados o diligenciados por parte de la Administración. Otra infracción grave es el retraso de llevar los registros o libros mediante el sistema que dispone la Agencia Tributaria en su sede electrónica. Hay que realizar el suministro de registros referentes a la facturación según lo establecido por la propia normativa.
¿Qué tipo de sanción aplica la Agencia Tributaria por estas infracciones?
La cuantía más común de este tipo de infracciones es de 150 euros. Una suma que no es significativa, pero que se podría complicar en determinados casos:
– Infracción por omisión de operaciones, inexactitud o uso de cuentas con un significado considerado distinto al de su propia naturaleza: en este caso se establece una multa pecuniaria que es proporcional al 1 % de los abonos, cargos o anotaciones que hayan sido omitidas, se consideren falsas, sean inexactas o se hayan incluido en una cuenta con significado distinto. El mínimo es de 150 euros y el máximo puede llegar a ascender a los 6000 euros.
En el caso de no llevar bien la contabilidad o de no conservarla correctamente, al igual que los registros y los libros en función de la normativa tributaria, la penalización asciende al 1 % de la cifra de negocio del ejercicio de la infracción y el mínimo es de 600 euros.
Cuando se llevan contabilidades diferentes que se refieren a una misma actividad, la Administración impone una multa de 600 euros por cada uno de los ejercicios en los que se haya realizado la infracción. La multa es de 300 euros cuando existe un retraso de más de cuatro meses en llevar la contabilidad, los registros o los libros según la normativa tributaria. También se penaliza con el 0,5 % del importe de la factura, con un mínimo de 300 euros y un máximo de 6000 euros en los casos en los que se no cumpla con la obligación de llevar los libros de registro a través de la sede electrónica.
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Consejos para cumplir con la legislación vigente
Por tanto, es fundamental para las empresas saber cómo hacer facturas y cómo gestionar la contabilidad de su compañía. La mejor opción es disponer de un programa de contabilidad ajustado a la actual normativa, que gestione los apuntes contables, los libros, los registros y las cuentas de toda la empresa. Un programa ajustado a la legalidad vigente que conecte el área contable con la fiscal para que la compañía cumpla con sus obligaciones tributarias según la legislación vigente y que le permita presentar sus impuestos en tiempo y forma.
Por otra parte, una correcta organización de la contabilidad permite gestionar correctamente la facturación de una empresa, obtener la información en tiempo real que se precise y conocer cuál es el balance de la organización en todo momento.