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¿Qué es el IAE y cómo afecta a las pequeñas empresas?

El Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE) es uno de los que, si vas a abrir un negocio, te conviene conocer.

En las siguientes líneas te contamos las características principales de este tributo. Toma nota de ellas.

Definición del IAE

Se trata de un impuesto directo que cobran los ayuntamientos y que grava las actividades económicas que se realizan en su término municipal. Los importes no dependen de los balances de estas actividades.

¿Cómo hay que darse de alta en el IAE?

En primer lugar, has de saber que tienes la posibilidad de hacer este trámite en las instalaciones de Hacienda o desde tu propia casa. Entrarás a la sede electrónica de la Agencia Tributaria y prepararás la presentación telemática del modelo 840. Rellenarás los datos del sujeto pasivo y representante (los mismos, si eres autónomo) y elegirás el epígrafe de la actividad que llevas a cabo, además de describirla.

¿Cómo me afecta el IAE si soy autónomo?

Por una parte, hay exención del IAE para autónomos a lo largo de los dos primeros años de la actividad que han puesto en marcha. Por otro lado, solo tendrán que abonarlo si, a partir del tercer año de la actividad, sus ingresos netos del primero rebasaron el millón de euros. En consecuencia, numerosos autónomos no pagan este impuesto. Sin embargo, según el epígrafe escogido cuando te diste de alta (modelo 036 o 037), se te aplicará una u otra retención respecto a la tributación del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (estimación directa u objetiva).

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¿Cómo me afecta si soy una SL?

No existen variaciones sustanciales, a nivel fiscal y contable, entre el IAE para pequeñas empresas que hemos reseñado en el anterior apartado y el que se aplica a una sociedad limitada.

Posibles exenciones

A continuación, te contamos los sujetos que están exentos del pago de este impuesto. Presta atención:

– Las Administraciones públicas y sus organismos autónomos.

– Los sujetos pasivos que se encuentran en sus dos primeros años de actividad.

– Las personas físicas.

– Los sujetos pasivos y las entidades que aparecen en el artículo 35.4 de la Ley General Tributaria (LGT) y con ingresos netos por debajo de un millón de euros.

– Mutualidades de previsión social y entidades gestoras de la Seguridad Social.

– Organismos públicos investigadores o didácticos.

– Cruz Roja Española.

– Los puertos de nuestro país.

– Las fundaciones y asociaciones de discapacitados.

 

 

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Consecuencias de no presentarlo o hacerlo con errores

La consecuencia más notable será que tendrás que abonar el impuesto en las condiciones que señala la Administración Estatal de la Agencia Tributaria (AEAT). Te conviene hacerlo pronto para evitar tener que abonar los intereses de demora.

¿Cómo puede ayudarte tener un programa de facturación?

Sin duda, un programa de facturación con módulos diseñados para automatizar el pago de tributos te va a ahorrar tiempo y dinero en este tipo de trámites, dado que los facilitará en gran medida y reducirá el margen humano de error.

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